Constitución de Sociedades

Las sociedades se componen de varios miembros, quienes bajo un mismo patrimonio trabajan para un fin lucrativo y esta sociedad existe bajo una denominación o razón social.

El o los constituyentes de la Sociedad, deben informar a la Notaria del tipo de sociedad que se quiere constituir, el número de socios de la misma, el objeto social, el domicilio fiscal, el capital, ya sea dinerario; debiendo aportar la certificación bancaria de ingreso de Capital Social; o no dinerario, el certificado negativo de denominación social, que se obtiene en el Registro Mercantil o se puede solicitar el trámite en la Notaria.

Existen varios tipos de sociedades:

  Sociedad Anónima

Es aquella sociedad mercantil cuyos titulares lo son en virtud de una participación en el capital social a través de títulos o acciones.

  Sociedad Limitada

Es un tipo de sociedad mercantil en la cual la responsabilidad está limitada al capital aportado, y por lo tanto, en el caso de que se contraigan deudas, no se responde con el patrimonio personal de los socios.

  S.L.L.

En las que la mayoría del capital social es propiedad de los trabajadores que prestan en ellas servicios retribuidos en forma personal y directa, cuya relación laboral es por tiempo indefinido.

  U.T.E.

Unión Temporal de Empresas, en donde dos o más empresas o empresarios se unen durante un tiempo para llevar a cabo de manera conjunta una obra o servicio.

  Constitución Express

Es una constitución de sociedad, que en cuanto al real Decreto-ley 13/2010, de 3 de diciembre, de actuaciones en el ámbito fiscal, laboral y liberalizadoras para fomentar la inversión y la creación de empleo estableció un sistema ágil y de bajo coste para la constitución de sociedades de responsabilidad limitada, dentro de ciertos requisitos legales.

Si necesitas asesoramiento sobre el tipo de sociedad más aconsejable constituir, no dude en contactar con José Luis Iglesias González notario en Córdoba.