¿Cómo hacer un poder notarial a distancia?
Un poder es una escritura pública otorgada ante un Notario, en la que una persona natural o jurídica designa a otra para que le represente, de manera general o específica, en ciertos actos jurídicos.
Más claramente, se trata de una autorización en la que una persona delega en otra su capacidad para actuar, con el requisito de que debe otorgarse presencialmente en la Notaría.
Pero qué pasa cuando no es posible hacer acto de presencia ante esta autoridad. ¿Qué pasa si te encuentras fuera de España? A continuación, te explicamos cómo hacer un poder notarial a distancia.
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Un poder notarial otorgado en el extranjero
Todo español o extranjero que necesite otorgar a un apoderado la autorización para realizar un acto jurídico dentro de España, tiene dos alternativas:
Otorgar el poder ante un notario o autoridad extranjera
La única forma de que esta opción sea realmente válida ante las leyes españolas es que la autoridad extranjera que intervenga en el poder ejerza funciones equivalentes a las de un Notario español.
Para facilitar su eficacia, tal equivalencia debe ser alegada por el funcionario extranjero mediante nota expresa en el poder. Relacionando lo siguiente:
- Que ha identificado al otorgante y que ha verificado la capacidad de éste para dicho acto.
- Que ha intervenido en la realización del poder.
- Que su intervención posee los mismos efectos que la intervención de un Notario de España.
- Que el poder cumple con todas las exigencias formales por la legislación de donde se haya realizado el acto.
Para inclinarse por esta opción debe conocerse el sistema registral extranjero o la estructura para el otorgamiento de la fe pública de dicho país. Por lo que siempre es aconsejable hacer un poder notarial a distancia ante el Cónsul de España en el extranjero.
Otorgar el poder ante el Cónsul de España
La opción más común es la de otorgar el poder ante el Consulado de España en el territorio extranjero. Puesto que, a través de la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares, el Cónsul puede ejercer funciones notariales e, incluso, puede actuar como funcionario del Registro Civil.
¿Qué tipo de poder se puede hacer? Existen diversos tipos de poderes notariales. Entre los que más se otorgan están:
- Poder especial. Es el poder en el que el poderdante designa a una o varias personas para que le representen en un negocio jurídico específico y expreso, como la compraventa de determinado inmueble, la aceptación de una herencia o el cobro de una pensión.
- Poder especial para pleitos. Este poder siempre se otorga a uno o a varios abogados, con el objeto de intervenir en un determinado proceso judicial, como representantes del poderdante.
- Poder general. Es un poder en el que el poderdante otorga al apoderado plenas y universales facultades que actuar en su representación, sin ninguna limitación.
- Poder general para pleitos. También se confiere a uno o varios abogados, con el fin de puedan intervenir en cualquier tipo de proceso judicial, en nombre del poderdante.
Cómo hacer un poder notarial a distancia, ante el Consulado de España
Para hacer un poder notarial a distancia es necesario solicitar la cita ante la Oficina Consular de España en el extranjero. En caso de que sean varios otorgantes, solo es necesario que comparezca a la cita uno solo, porque primero se realizará la solicitud para la evaluación por parte del Consulado.
Después de obtener la cita, deben seguirse los siguientes pasos:
- Paso 1. Asistir a la Oficina Consular en la fecha pautada, presentándose con:
- La cita impresa.
- Los documentos requeridos.
- Los medios para efectuar el pago de la tasa consular respectiva.
- Paso 2. El Consulado procede a la evaluación de la solicitud. En caso de que la solicitud cumpla con los requisitos exigidos, el trámite seguirá su curso y se le indicará al poderdante el importe que debe abonar.
- Paso 3. Pagar la tasa consular y presentar el comprobante.
- Paso 4. El servicio notarial del Consulado fija y notifica el día y la hora para la firma del poder notarial en presencia del Cónsul.
- Paso 5. El día fijado para la firma deben presentarse todos los otorgantes en el acto.
Documentos que debes presentar para un poder notarial a distancia
Aunque las Oficinas Consulares de España en el extranjero pueden solicitar cualquier documento que crean necesario para la realización y firma del poder notarial ante el Cónsul, normalmente, los documentos a presentar son los siguientes:
- Original y copia del pasaporte vigente.
- DNI original.
- I.F. original.
- NIE y pasaporte de la nacionalidad de origen, en el caso de que el solicitante sea extranjero.
- Minuta con la declaración o manifestación de los hechos o actos que deben exponerse explícitamente en el documento público.
- Comprobante del pago de la tasa consular. Este abono varía según la cantidad de otorgantes, la extensión del texto y las copias que se soliciten.
¿Se puede otorgar un poder vía telemática?
No. Las disposiciones jurídicas españolas no permiten el otorgamiento vía online de un poder. Y como has visto, uno de los requisitos indispensables es que el poderdante (quien otorga el poder) se encuentre presente ante el Notario.
Pero sí que puede remitirse digitalmente un poder y sus copias certificadas a diversas notarías del país. Sin la necesidad de realizar el envío del documento en físico (papel).
¿Se puede revocar un poder notarial?
Sí. Todo poder otorgado ante Notario o Cónsul español puede ser revocado por el poderdante en el momento que considere oportuno o necesario. ¿Cómo hacerlo? Mediante un documento de revocación.
La escritura de revocación también se realiza frente al Notario o Cónsul, sin importar cuál de los dos funcionarios hubiese autorizado el poder.
En la realización de todo poder notarial, en su revocación o en cualquier otro documento público o acto jurídico que debas realizar, siempre es vital contar con la guía de abogados especialistas. Ellos sabrán asesorarte en tu caso particular, siempre siguiendo las disposiciones legales necesarias.
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