Me ha tocado la lotería ¿tengo que acudir a un notario?
La mayoría de las personas cuando adquiere un décimo de lotería, como, por ejemplo, el Décimo de Lotería de Navidad, lo hace con la ilusión y la esperanza de que les toque, aunque sea, un “pellizquito”. Aunque también cree que, seguramente, los agraciados serán otros.
Pero, ¿qué pasa si la suerte te sonríe y te toca la lotería? ¿Sabes lo que tienes que hacer? ¿Dónde se cobra el décimo? ¿De qué plazo de tiempo dispones para cobrar tu dinero? ¿Tienes que acudir a un notario para dar fe de que te ha tocado un premio?
A lo largo de este post, vamos a tratar de dar respuestas a estas preguntas para que sepas qué es lo que tienes que hacer en el caso de que la suerte llame a tu puerta, y te ¡toque la lotería!
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¿Qué hacer si te toca la lotería?
Lo primero que tienes que saber es que los premios inferiores a 2.000 euros, lo puedes cobrar en cualquiera de los puntos de venta de la red comercial de Loterías, que están repartidos por toda España. Y, lo puedes cobrar a partir del día siguiente al del último sorteo celebrado. Para poder cobrar el premio, tienes que presentar a la persona que regenta la administración de loterías, quiosco, estanco … el décimo premiado para comprobar su autenticidad y que el número se corresponde al número galardonado.
Si has resultado agraciado con un premio superior a 2.000 euros, tienes que acudir a una entidad bancaria concertada por la Sociedad Estatal de Loterías y Apuestas del Estado (SELAE). El pago se hace de manera inmediata a través de transferencia bancaria a tu número de cuenta o a través de un cheque nominativo.
Las entidades financieras no te podrán pagar el premio sin antes recabar la documentación e información necesaria para cumplir con las normas legales de identificación (normativa sobre prevención de blanqueo de capitales y de la financiación de terrorismo, normativa fiscal o normativa de cualquier otra índole que resulte de aplicación). Además, estas entidades no te podrán cobrar ningún tipo de gasto ni comisión por realizar el pago de los premios. Tampoco, pueden obligarte a abrir una cuenta nueva en esa entidad.
¿Cuándo acudir al notario?
Es muy habitual, sobre todo, cuando se trata del Sorteo Extraordinario de la Lotería de Navidad, que compartas el décimo o papeletas con tus amigos, familiares, parejas, compañeros de trabajo … En este caso, aunque confíes en la buena fe de las personas con las que compartes tu décimo o papeleta, es aconsejable acudir a un notario para que otorgue un “acta de manifestaciones”. En esta tiene que quedar registrada la identidad de las personas que han participado en la compra del mismo, el número o números compartidos, y la cantidad que ha invertido cada uno de los compradores.
Otra forma menos protocolaria que esta, es firmar el anverso del décimo o papeletas por parte de todas las personas que participen en su compra, y presentar el original junto con tantas fotocopias como personas que hayan participado, al notario para que dé fe a través de un testimonio o una legitimación, tanto del número jugado como de las firmas de los participantes.
Tienes que tener en cuenta también que cuando el premio es compartido por un grupo de familiares, amigos, compañeros de trabajo, parejas, … para cobrar un premio superior a 2.000 euros en una entidad financiera, deben acudir todos los titulares del número agraciado para ser identificados en el banco. Si el grupo es muy numeroso, y los premiados así lo preferís, podéis designar a un representante para que realice todas las gestiones en nombre de todos. En este caso, también se ha de ir a un notario para que le otorgue el poder correspondiente, y pueda hacer todas las gestiones, ya que hablamos de importantes cantidades de dinero procedente de caudales públicos, y hay que dejar constancia de a quién y por qué se paga.
Tributación de los premios superiores
Si la suerte ha estado de tu parte, y te toca un premio superior a 40.000 euros, debes saber que los primeros 40.000 euros están exentos de tributación, pero a partir de los 40.001 euros sí soportan una retención del 20%, siempre y cuando se trate de premios procedentes de:
- SELAE y de los órganos y entidades de las Comunidades Autónomas, de Cruz Roja Española y de la ONCE.
- de premios de las loterías, apuestas y sorteos realizados por organismos públicos o entidades que ejerzan actividades de carácter social o asistencial sin ánimo de lucro establecidos en otros Estados miembros de la Unión Europea (UE).
Si la fortuna te ha dejado un premio superior a 40.000 euros te recomendamos que acudas a un notario para que te asesore sobre las consecuencias jurídicas y repercusiones fiscales que pueden tener la forma en la que utilices e inviertas ese dinero.
¿Cuándo caducan los décimos o papeletas premiadas?
Si te toca el premio gordo del Sorteo Extraordinario de la Lotería de Navidad o de cualquier otro sorteo, normalmente, vas a ir a cobrarlo de manera inmediata, al día siguiente o días posteriores al sorteo. En cambio, si el premio es menor, puedes que demores más el tiempo en que acudes a la red comercial de Loterías o al banco para cobrar el décimo o papeleta agraciada. Es importante que sepas que los premios caducan pasados tres meses a partir del día siguiente a la celebración del último sorteo celebrado.
Por suerte, tienes a tu alcance muchas formas para consultar y comprobar si tu décimo o papeleta de lotería es el premiado: los medios de comunicación, los puntos de venta de Loterías, en la web oficial de SELAE, y en las aplicaciones oficiales.
Y como se dice en esta época: “¡Qué la suerte te acompañe!”
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